El Gobierno está trabajando sobre la nueva Ley del teletrabajo. Recientemente se lanzó el primer borrador, donde es posible ver qué puntos se están valorando y estarán incluidos. Todavía queda mucho camino por recorrer, puesto que el Ministerio de Trabajo, la patronal y los sindicatos están tratando de llegar a un acuerdo sobre cada uno de los aspectos que trata el borrador.
Como bufete con los mejores abogados laboralistas en Madrid, somos conscientes de las dudas que existen en torno al trabajo a distancia y su futura regulación. Por eso, hoy queremos hacer un breve repaso por las principales cuestiones que estarán incluidas en la misma, aunque los planteamientos actuales pueden variar hasta que se lance la regulación definitiva.
Ley del teletrabajo
- El teletrabajo deberá afectar al menos al 30% de la jornada laboral.
- Debe ser voluntario por ambas partes y será necesario firmar un acuerdo por escrito.
- La decisión de teletrabajar podrá ser reversible.
- Podrán acogerse a la modalidad de trabajo a distancia todos los trabajadores, excepto aquellos que tengan 16 o 17 años.
- Para contratos de formación o en prácticas, el acuerdo de teletrabajo deberá garantizar al menos un 50% de trabajo presencial.
- El acuerdo de teletrabajo debe incluir un inventario de todos los medios y herramientas que necesita el empleado para cumplir con sus tareas de trabajo, y la empresa tendrá que aportar los equipos y los medios necesarios, así como hacerse cargo de una parte proporcional de los gastos derivados del trabajo a distancia.
- Derecho a la desconexión digital. Los empleados en régimen de teletrabajo tendrán los mismos derechos que cualquier otro trabajador de la compañía, y la empresa tendrá la obligación de limitar el uso de las tecnologías que se utilizan en el trabajo diario en los periodos de descanso.
- La empresa podrá contar con las medidas de vigilancia y control que estime más oportunas, sin violar en ningún caso la dignidad de los empleados.
Además de todo esto, en ese primer borrador quedan reflejados los derechos que tendrán los trabajadores a distancia: a la formación, a la promoción profesional, a recibir los medios suficientes, a la compensación de gastos, a un horario flexible, al registro horario, a la prevención de riesgos laborales, a la intimidad y protección de datos, a la desconexión digital ya mencionada, y derechos colectivos.
En Bazán Abogados, recomendamos estar al día en los cambios que se producen en relación a la futura Ley del teletrabajo, así como buscar asesoramiento en los mejores abogados laboralistas en Madrid al respecto para teletrabajar con todas las garantías.